El viernes se sometió a consideración de los integrantes de la Comisión de Gobernación los asuntos de la iniciativa de ley para modificar el artículo 36 B del Código Municipal para el Estado de Chihuahua y la reforma al Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Juárez.
La iniciativa de Ley para modificar el Artículo 36 B del Código Municipal para el Estado de Chihuahua se dictaminó en sentido positivo y quedó supeditado a la aprobación del cabildo.
En dicha iniciativa, Ana Carmen Estrada, Síndica Municipal, explicó que el punto de acuerdo tiene el objetivo de presentar la iniciativa como ayuntamiento ante el Congreso del Estado, aseguró que no todos tienen facultades para presentar iniciativas, por lo que el objetivo es que las 67 Síndicas y Síndicos del Estado de Chihuahua, puedan tener voto en los cabildos.
“Yo he estado siguiendo desde la campaña este tema porque ha habido más esfuerzos para que los Síndicos y Síndicas tengan el voto en los cabildos”, enfatizó.
Explicó además las razones por las que considera que las Síndicas y Síndicos deben de tener, no solamente voz, sino también voto, expresando que ellos son los representantes populares al ser votados directamente.
“Nosotros somos el resultado de la voluntad de una mayoría y considero que para poder ser un buen representante necesitamos votar a favor o en contra de las decisiones que se toman en el parlamento que tenemos a nivel local”, agregó.
El artículo 36 B señala que:
La persona titular de las Sindicatura tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
Asistir a las sesiones del Ayuntamiento y participar en las discusiones con voz.
En la propuesta que hace la Síndica, es asistir a las sesiones y participar con voz en las discusiones y con voto en las resoluciones.
En cuanto a la reforma al Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Juárez también se dictaminó en sentido positivo y quedó supeditado a la aprobación del cabildo.
La Síndica expone que en esta dependencia hay tres direcciones de auditoría; Dirección de Auditoría Jurídica y de Obra Pública, Dirección de Auditoría Financiera Contable y Dirección de Auditoría Administrativa por lo que se pretende separar esa dirección de auditoría para que queden como Dirección de Auditoría Jurídica y Dirección de Auditoría de Obra Pública.
Agregó que para el mejor funcionamiento y poder ser más eficientes y eficaces es necesario tener una Dirección de Auditoría de Obra Pública, para que esa dirección se avoque en los asuntos que le son asignados y que la Dirección de Auditoría Jurídica también se avoque a los asuntos jurídicos.